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TERMINOS Y CONDICIONES
Acepto los términos y condiciones del presente contrato
TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DE TRASPORTE INTERNACIONAL (COURIER).
Contrato de Membresía
Entre FLEXITRANS / FLEXY PACK sociedad constituida y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, titular del RNC núm. 1-24-00107-2, con domicilio social principal ubicado en el Distrito Nacional, República Dominicana, sociedad que para los fines del presente Acuerdo se denominará el “PROVEEDOR”, o por su nombre completo, indistintamente; y
__________________________________________, de nacionalidad ________________, titular del Documento de Identidad Personal (Cédula de Identidad y Electoral y/o Pasaporte núm. ________________________), domiciliado (a) y residente en ____________________________________________, titular del correo electrónico: _________________________________________ quien para los fines del presente Contrato se denominará el o la “CLIENTE”, o por su nombre completo, indistintamente.
PREÁMBULO
i. El PROVEEDOR es una sociedad comercial que se dedica al transporte de correspondencia, paquetes, artículos y bultos privados a nivel nacional e internacional a través de un servicio de correo privado denominado courier.
ii. El CLIENTE está interesado en recibirlos servicios ofertados por el PROVEEDOR mediante la contratación de una membresía, a cambio del pago de las Tarifas y de acuerdo a los términos y condiciones pactados por las partes.
Por tanto y, en el entendido de que las anteriores consideraciones forman parte integrante del presente Contrato, las partes libre y voluntariamente,
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE
Artículo I. Definiciones:
1.1. Para los fines y uso exclusivo del presente Contrato, se entenderán bajo los siguientes conceptos los siguientes términos:
1. Almacén Miami: Depósito logístico contratado por el PROVEEDOR para la recepción de las Mercancías en Miami, Estado de la Florida, Estados Unidos de América.
2. Acuerdo: El presente documento celebrado entre las Partes.
3. Cuenta: Número único de identificación otorgado por el PROVEEDOR al CLIENTE en virtud del presente Acuerdo, mediante el cual podrá identificar los Servicios provistos al CLIENTE, acceder a la cuenta en línea del CLIENTE en el Sitio Web del PROVEEDOR, así como todo lo relativo a los Servicios.
4. Formulario de Solicitud: Documento mediante el cual EL CLIENTE solicita una Cuenta y membresía al PROVEEDOR, bajo los términos y condiciones del Contrato.
5. Mercancías: Todos los paquetes, correspondencias, cartas y demás objetos o efectos personales o empresariales enviados por el CLIENTE al PROVEEDOR para ser objeto de los Servicios.
6. Mercancías Prohibidas: Catálogo de productos no susceptibles de ser objeto de los Servicios y detallados de manera no limitativa en el artículo 10.1, cuyo transporte internacional se encuentra regulado por la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), la Organización Internacional de Aviación (IACO) y por el Código Federal de Regulaciones de Estados Unidos de Norteamérica.
7. Número de Tracking: Número de rastreo de la Mercancía facilitado por el sistema de transporte utilizado por el Vendedor para hacerle llegar la Mercancía al CLIENTE.
8. Empaque: Embalaje realizado por el Vendedor para la protección de la Mercancía.
9. Partes: Se refiere conjuntamente al PROVEEDOR y al CLIENTE.
10. Lugar de Destino: Dirección final de los Servicios indicado por el CLIENTE al PROVEEDOR.
11. Servicios: Catálogo especializado, pero no limitado, al servicio de correo nacional e internacional privado o PROVEEDOR ofertado por PROVEEDOR, así como cualquier otro servicio conexo o producto ofrecido al público en general por PROVEEDOR o mediante concesiones particulares, conforme lo establecido en el Artículo 2.1.
12. Sitios C2C: Del acrónimo en inglés «Consumer to Consumer» (de consumidor a consumidor), son sitios web de comercio electrónico que facilitan la compraventa de productos entre un usuario final y otro usuario final.
13. Sitio Web: Sitio web identificado con el dominio de internet flexypack.do, mediante el cual el CLIENTE podrá mantener el seguimiento de su Cuenta y actualizaciones realizadas por el PROVEEDOR relativas a las Tarifas, direcciones, entre otros;
14. Tarifas: Sumas pagaderas por el CLIENTE a favor del PROVEEDOR por concepto de uso y contratación de los Servicios, bajo los términos y condiciones establecidos en el Artículo V.
15. Tienda Online: Sitio en la web mediante el cual el CLIENTE adquiere Mercancías de Vendedores.
16. Vendedor: Persona elegida por el CLIENTE para la compra de sus Mercancías.
17. Vías de Contacto: Son las vías físicas o electrónicas elegidas por el CLIENTE para ser contactado para todos los fines y consecuencias del presente Contrato.
Artículo II. Objeto.
2.1.Mediante la aceptación del presente Acuerdo y todos sus términos, procedimientos y condiciones del mismo, el CLIENTE expresa y manifiesta su consentimiento de adquirir una membresía ante EL PROVEEDOR para utilizar sus Servicios que se describen a continuación:
1. Recepción de las Mercancías dirigidas al CLIENTE en los Almacenes en Miami y el transporte de las mismas hacia el Lugar de Destino;
2. Apartado de Correos (P.O. Box);
3. Servicio de mensajería local;
4. Servicio de mensajería en el extranjero;
5. Servicio de gestión aduanal;
6. Consolidados marítimos y aéreos;
7. Servicio de envíos con pago a contra-entrega (COD, por sus siglas en inglés);
8. Asistencia en compras por Internet;
9. Transporte de carga aérea.
10. Servicio de comprador personal o Personal Shopper.
2.2. El PROVEEDOR podrá ofrecer otros servicios al CLIENTE relacionados con los servicios de transporte y asistencia brindados por éste.
Artículo III. Membresía:
3.1.EL CLIENTE, por la aceptación de la presente, podrá optar por diferentes tipos de membresías acorde al catálogo disponible por el PROVEEDOR. Cada membresía estará dotada de diversos servicios, tarifas y tipo de entrega, los cuales podrán ser modificados mediante notificación al CLIENTE por las Vías de Contacto.
3.2. Una vez registrado, el PROVEEDOR le otorgará al CLIENTE una Cuenta para identificar los Servicios a ser provistos a su favor. Al igual, el PROVEEDOR dotará a EL CLIENTE de un carnet que facilitará el retiro o depósito de sus Mercancías en las oficinas del PROVEEDOR. En caso de no presentar el carnet, el CLIENTE deberá mostrar un documento de identidad personal que lo acredite como el titular de la Cuenta en cuestión. Asimismo, EL CLIENTE podrá registrar en su Cuenta a otros beneficiarios a la misma, siendo deudor solidario de las obligaciones que estos generen a favor de EL PROVEEDOR en ocasión al uso de la Cuenta correspondiente.
3.3. En caso de no concurrir las condiciones establecidas en el Artículo 3.2., el PROVEEDOR se reserva la facultad de no entregar las Mercancías, hasta tanto se cumplan con las disposiciones del artículo 3.3,
3.4. El CLIENTE acepta que el medio de comunicación que utilizará el PROVEEDOR para contactarlo sobre cualquier novedad, actualización y seguimiento relativa a su Cuenta o al presente Contrato será a través del correo electrónico registrado en su Formulario de Solicitud.
3.5. Servicio de Personal Shopper: mediante el servicio de Personal Shopper, el CLIENTE podrá utilizar las guías y orientaciones de cómo realizar la compra de sus Mercancías a través de las diferentes Tiendas Virtuales.
3.5.1. En caso de requerirlo, el CLIENTE podrá realizar el pago de sus compras a través de un medio de pago propiedad del PROVEEDOR. En dicho caso, el CLIENTE deberá pagar el costo del artículo conjuntamente con las tarifas correspondientes al transporte de la Mercancía y el cargo por Servicio de Personal Shopper.Sin embargo, el CLIENTE reconoce que, en ocasión al Servicio de Personal Shopper, el PROVEEDOR funge exclusivamente como un facilitador de los medios de pagos requeridos para la adquisición de las mercancías del CLIENTE, en las Tiendas Online de su libre elección, por consecuencia, los Vendedores son los responsables de hacer entrega efectiva de las mercancías en los Almacenes correspondientes y de lograr la satisfacción de las expectativas que tenga el CLIENTE sobre dichas mercancías. El PROVEEDOR declara e informa que no posee ningún tipo de vínculo con el producto adquirido o con el Vendedor correspondiente.
Artículo IV. Dirección.
4.1. Para recibir su Mercancía a través de PROVEEDOR, el CLIENTE debe informar a sus remitentes y Vendedores que toda Mercancía debe ser enviada a la siguiente dirección:
Correspondencia: Nombre del CLIENTE Número de Cuenta del CLIENTE Dirección Indicada Ciudad, Estado y Código Postal.
|
Mercancías: Nombre del CLIENTE FLX - 8298 NW 14 Street Doral Fl 33126 Estados Unidos |
4.2. Una vez la Mercancía o correspondencia llegue al Almacén en Miami, el CLIENTE será notificado vía correo electrónico del estatus del mismo desde la recepción hasta la disponibilidad de retiro del mismo en las oficinas del PROVEEDOR en la República Dominicana.
4.3. El PROVEEDOR podrá modificar las direcciones establecidas en el Artículo 4.1., cambios que serán publicados en su Sitio Web con treinta (30) días de anticipación previo al cambio efectivo del mismo a fin de que el CLIENTE realice las modificaciones correspondientes ante sus Vendedores al momento de realizar el pedido de sus Mercancías.
Artículo V. Tarifas:
5.1. El CLIENTE se obliga y compromete a pagar a favor del PROVEEDOR las Tarifas vigentes al momento de la provisión de los Servicios, bajo los términos y condiciones aquí pactados.
5.2.El CLIENTE declara y reconoce que el PROVEEDOR podrá variar, modificar, agregar o eliminar en cualquier momento, las tarifas en razón de promociones, anuncios o cualquier relacionado, para adecuarlas a los aumentos de costos de las aerolíneas, manejo y liberación y/o cualquier otro factor comercial que tenga que ver con la prestación del servicio.Estos cambios serán publicados en su sitio web. Atendiendo lo anterior, el PROVEEDOR notificará al CLIENTE por las vías establecidas en el Formulario de Solicitud, los cambios a efectuarse con cinco (5) días calendarios previos a la entrega en vigencia de los mismos. Durante dicho plazo, el CLIENTE le asiste el derecho de poner fin a la relación contractual relativa a su membresía ante el PROVEEDOR sin ningún tipo de responsabilidad legal por dicho motivo. Sin embargo, una vez vencido el pre-aviso antes indicado, el presente Acuerdo se interpretará modificado satisfactoriamente y las modificaciones previamente notificadas formarán parte integral del mismo, siendo oponibles las mismas tanto al PROVEEDOR como al CLIENTE.
5.3. Todas las transacciones monetarias del presente Contrato serán realizadas en Pesos Dominicanos (RD$) atendiendo a la tasa cambiara de Dólares de los Estados Unidos de América (US$) aplicables.
5.4. Las Tarifas no incluyen impuestos aplicables, gastos locales, gestión, cargo por combustible, proceso de desaduanización ante la Dirección General de Aduanas, manejo de cuenta, seguro ni costo de almacenamiento.
5.5. En caso de que el PROVEEDOR haya otorgado crédito directo al CLIENTE, este deberá pagar a las sumas adeudadas por los Servicios o cualquier otro valor que le sea facturado, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de la facturación.
5.6. En caso de que el CLIENTE no pague en la forma y plazos indicados precedentemente, EL PROVEEDOR cargará un cinco por ciento (5%) sobre el capital adeudado por concepto de mora, más los gastos legales que se generen en caso de iniciarse un proceso de cobro compulsivo contra EL CLIENTE.
5.7.El PROVEEDOR podrá retener las mercancías propiedad del CLIENTE hasta tanto este efectúe el pago por concepto de los Servicios provistos.
Artículo VI. Obligaciones Esenciales:
6.1. En adición a las estipulaciones pactadas en el presente Contrato, el PROVEEDOR se compromete especialmente, pero no exclusivamente, a:
1. Entregar las Mercancías en las mismas condiciones de conservación que hayan sido recibidos en los Almacenes en Miami que cumplan con los requisitos legales y aduaneros de las autoridades gubernamentales correspondientes.
2. Proveer al CLIENTE con un sistema de rastreo de su Mercancía en tiempo real a los fines de que pueda constatar en todo momento el paradero de la misma, y los cargos que hayan sido generados por ésta.
6.2. En adición a las estipulaciones pactadas en el presente Contrato, el CLIENTE se compromete especialmente, pero no exclusivamente a:
1. Proveer al PROVEEDOR de las informaciones exactas, veraces y completas que permitan su identificación y localización;
2. Pagar por las Mercancías transportadas y entregadas al momento de su recepción y verificación.
3. Revisar el estado de sus Mercancías al momento de ser entregadas.
4. Proporcionar datos completos, exactos y suficientes para ubicar su domicilio en los casos de entrega a través del servicio de entrega a domicilio o delivery.
5. Reclamar al Vendedor sobre todos los defectos y vicios de fábrica del producto adquirido y transportado por el PROVEEDOR.
6. Reclamar al Vendedor los retrasos producidos por el transportista contratado por éste al momento de la venta del producto.
7. Pagar el seguro de transporte contratado por el PROVEEDOR para las Mercancías que sobrepasen el valor de Doscientos Dólares Americanos (USD$200.00), en caso de no notificar su deseo de no contratar dicho seguro previo al transporte de la Mercancía.
8. Comunicar cualquier uso indebido de la membresía tales como cruce de información, robo, extravío o acceso no autorizado de su cuenta.
9. En caso de envíos desde la República Dominicana, proveer al PROVEEDOR los detalles del envío de manera exacta y suficiente que permitan la localización del destinatario.
10. Al pago inmediato de los impuestos y tributos según las leyes aplicables.
11. Proveer al PROVEEDOR de la factura física o electrónicas de las Mercancías que serán transportadas por el PROVEEDOR.
12. Pagar los cargos o daños y perjuicios que pudieran generarse ante las autoridades aduanales por la entrega de valores o informaciones incorrectas, sea mediante documentación física, email o ingresando a su Cuenta a través de nuestro Sitio Web.
13. Pagar los cargos que pudieran generarse al no entregar la factura antes de la llegada de la mercancía a República Dominicana, consistentes en multas por declaración tardía, asignación de categoría incorrectas, entre otros.
Artículo VII. Declaraciones y Reconocimientos.
7.1. El CLIENTE declara y reconoce bajo la fe de juramento lo siguiente:
1. Que el PROVEEDOR es una empresa transportista y en consecuencia no forma parte de la cadena de comercialización, fabricación, producción o distribución de las Mercancías; que a su vez no tiene relación comercial alguna con el Vendedor, fabricante o distribuidor de la misma.
2. Que el PROVEEDOR no es responsable por las tardanzas y faltas de entrega del transportista elegido por el Vendedor para llevar la Mercancía a los Almacenes del PROVEEDOR
3. Los paquetes transportados en Estados Unidos de américa a través del correo postal de los Estados Unidos (“USPS” por sus siglas en inglés) tardarán más tiempo en ser transportados que los paquetes que llegan directamente a los Almacenes en Miami.
4. Que solo somos responsable de los paquetes entregados a nuestro almacén, confirmados por firma y nombre de recibo de entrega a nuestro almacén por el transportista elegido por el vendedor.
5.El plazo de entrega puede variar de acuerdo a la temporada de envío de la mercancía, tales como días festivos, temporada navideña, días de las madres.
6.Asume la responsabilidad de los riesgos de la Mercancía en caso de no contratar el seguro en los casos de que en valor de la Mercancía superen la suma de Doscientos Dólares Americanos (USD$200.00); razón por la cual otorga el correspondiente descargo a favor del PROVEEDOR por dicho concepto.
7.Que los Sitios C2C y los trasportados a través de los correos postales estatales, no cuentan con las mismas garantías de seguridad, entrega o satisfacción del producto, ya sea en relación al embalaje de la misma, tiempo de entrega, integridad y/o buen estado de la Mercancía, por lo cual la adquisición de las mismas, a través de dichas tiendas virtuales, presuponen riesgos mayores con relación a dichas Mercancías.
Artículo VIII. Manejo de Mercancías y Servicios.
8.1. Una vez sean objeto de recepción por el PROVEEDOR, a elección del CLIENTE, las Mercancías podrán ser retiradas por éste en el domicilio del PROVEEDOR o ser remitidas al domicilio del CLIENTE. El CLIENTE, al momento de la entrega de la Mercancía, se compromete a revisar las mismas en las instalaciones del PROVEEDOR, una vez revisadas se formalizará la referida entrega la cual se acredita mediante el correspondiente acuse de recibo de las Mercancías. Por lo tanto, el CLIENTE asume todos los riesgos y responsabilidades sobre las Mercancías y, en consecuencia, descarga al PROVEEDOR por concepto de guarda, cuidado y entrega de la Mercancía una vez el PROVEEDOR haga entrega formal de las mismas.
8.2. En los casos de entregas en el domicilio elegido por el CLIENTE, este reconoce que toda persona que reciba la Mercancía en dicho domicilio estará facultado y capacitado para otorgar el correspondiente acuse de recibo de las Mercancías entregadas. Por consecuencia, el CLIENTE descarga de toda responsabilidad al PROVEEDOR por las entregas realizadas en el domicilio indicado.
8.3. Todas las operaciones de entrega o remisión de Mercancías que se realicen en virtud del presente Contrato, se comprobarán mediante recibos.
8.4. El CLIENTE no podrá retirar paquetes recibidos recientemente sin haber retirado los de mayor antigüedad.
8.5.El plazo de disponibilidad de retiro de las Mercancías puede variar de acuerdo a las limitaciones de causas de fuerza mayor.
8.6. El PROVEEDOR no pagará ningún tipo de indemnización por causa de retraso en la entrega del producto o paquete no imputables a éste.
8.7. Luego de transcurridos noventa (90) días calendarios, contados desde la recepción de la Mercancía y notificación de disponibilidad de las mismas al CLIENTE, el PROVEEDOR quedará liberado de su obligación de custodia y podrá disponer a su completa discreción de las Mercancías que no hayan sido reclamadas. Para poder disponer de las mismas, el PROVEEDOR notificará al CLIENTE a través de los medidos de contacto establecidos por este en el Formulario de Solicitud de Membresía.
8.7.1. El CLIENTE se considerará notificado para fines del proceso de Subasta en cualquiera de los siguientes casos:
a. Luego de haber recibido mínimo un (1) correo electrónico durante mínimo dos (2) días calendario consecutivos, indicando que sus mercancías pasarán a ser dispuestas a completa discreción del PROVEEDOR de conformidad con el artículo 8.7.1 del presente acuerdo en un plazo mínimo de diez (10) días calendario contados desde la fecha de la primera notificación; o
b. Luego de haber recibido mínimo dos (2) llamadas telefónicas (incluyendo mensajes en el sistema de buzón de voz del CLIENTE) durante mínimo dos (2) días calendario consecutivos, indicando que sus mercancías serán dispuestas de conformidad con el artículo 8.7.1 del presente acuerdo en un plazo mínimo de diez (10) días calendario contados desde la fecha de la primera notificación.
8.7.2. Una vez notificado, el CLIENTE contará con un plazo de diez (10) días calendario para proceder con el retiro de la mercancía correspondiente. En caso de no obtemperar con dicho requerimiento, el PROVEEDOR podrá disponer de las mismas.
8.7.3. El CLIENTE reconoce y acepta que no obstante la disposición de las mercancías no retiradas, al PROVEEDOR le asistirá el derecho de perseguir el cobro de sus acreencias que resulten pendientes de pago por las vías legales que considere pertinentes.
8.8. Toda mercancía con valor superior a los Doscientos Dólares Americanos (USD$200.00) es asegurada automáticamente por el PROVEEDOR, mediante la contratación de un seguro especial de Mercancías.En caso de que el CLIENTE decida no contratar dicho seguro, debe notificar su negativa previo al transporte de la mercancía y suscribir el correspondiente descargo a favor del PROVEEDOR del estado de la Mercancía.
8.9. Manejo de las Mercancías recibidas en los Almacenes de Miami: El CLIENTE debe advertir al Vendedor los horarios laborables disponibles para recibir la Mercancía y solo entregar a la recepción de las firmas registradas por el PROVEEDOR como acuse recibido y confirmación.
8.9.1 El PROVEEDOR no se hace responsable de Mercancías dejadas en los Almacenes en Miami sin el debido acuse de recibo y confirmación realizado por los representantes del PROVEEDOR.
8.9.2 En caso de que el PROVEEDOR no tenga registro de la recepción de un paquete cuyo Número de Tracking confirma que fue entregado en los Almacenes en Miami, el CLIENTE podrá someter una reclamación siempre que remita la confirmación de su paquete en los Almacenes en Miami con una firma autorizada y registrada por el PROVEEDOR.
8.9.3 El PROVEEDOR no será responsable del contenido de los Paquetes que lleguen vacíos a los Almacenes en Miami, en cuyo caso el PROVEEDOR notificará al CLIENTE sobre dicho hallazgo con la documentación y evidencia fotográfica del estado del Paquete recibido para que este a su vez realice la reclamación correspondiente ante el Vendedor.
8.10. Revisión de la Mercancía: El CLIENTE autoriza al PROVEEDOR a inspeccionar las Mercancías en los Almacenes en Miami a fin de verificar su integridad; de igual forma las autoridades aduanales podrán inspeccionar las Mercancías que consideren necesarios.
8.10.1.Luego de las inspecciones los paquetes serán sellados con una cinta especial, garantizando que el contenido de éste se mantenga de la misma forma en la que fue recibida por el PROVEEDOR.
8.10.2. Para el Servicio de Transporte en el extranjero el CLIENTE deberá depositar las Mercancías en el domicilio del PROVEEDOR en la República Dominicana de manera que puedan ser verificadas para su inspección y verificación por parte de este.
Artículo IX. Límites de Responsabilidad:
9.1.Las Partes declaran y reconocen que el PROVEEDOR no será responsable ni responderá por las consecuencias e insatisfacciones que sufra el CLIENTE en los casos siguientes:
1. Pérdidas o deterioros ocurridos como consecuencia de embalajes inadecuados, destrucciones o retardos producidos como consecuencia de casos fortuitos o fuerza mayor, tales como condiciones climáticas adversas, terremotos, inundaciones, cambios en los itinerarios de las líneas de transporte, derrumbes, actos terroristas,huelgas, y cualquier otro acto o hecho que entorpezca el normal desarrollo de los trabajos.
2. Conforme al artículo 7.1. numeral 1, por los desperfectos técnicos, mecánicos, eléctricos, magnéticos, electrónicos o de cualquier naturaleza que pudieran presentar los bienes transportados;por los retrasos, faltas de entrega, errores, entre otros, causados por la empresa transportista elegida al momento de la venta del producto y propuesta por vendedor.
3. Por pérdidas resultantes de confiscación aduanal o de ninguna autoridad nacional o internacional, ni de retrasos ocasionados por la falta de documentación o información necesaria para el despacho o para el trámite aduanal. Tampoco, de Mercancías prohibidas: armas, precursores químicos, joyas, dinero en efectivo, material pornográfico, juguetes bélicos, billetes de lotería y todas aquellas que prohíban las autoridades locales y las contempladas como prohibidas por la Unión Postal Universal.
4. Por demoras de entrega, pérdida de utilidades, de intereses y oportunidad de negocio no imputables al PROVEEDOR; tampoco lo será por daño, gasto, pérdida total o parcial, que sean ocasionados por embalaje inadecuado o preparación inadecuada o insuficiente por parte del Vendedor, ni por despacho de producto errado por parte del Vendedor, ni por causas de fuerza mayor tales como guerra, conmoción o disturbios, actos de la naturaleza: huracanes, tormentas, terremotos, deslizamientos en carreteras, operaciones de líneas aéreas, acciones de Gobiernos de Derecho o de Facto o actos terroristas. Así como, no será responsable por el envío de dinero, joyas y envíos no declarados.
5. Por las Mercancías abandonadas por el CLIENTE o cuyos impuestos no hayan sido pagados por éste a la Dirección General de Aduanas.
6. Por las Mercancías subastadas por la Dirección General de Aduanas.
7. Cuando las Mercancías correspondientes a medicamentos y alimentos que lleguen a su destino vencidos o próximos a vencerse, o Mercancía que requiera refrigeración.
8. De daños causados a artículos de cristal, vidrio, yeso, cerámica o fibra de vidrio, o artículos con partes de los anteriormente descritos, siempre que la falta no sea imputable al PROVEEDOR y/o se verifique un incorrecto embalaje por el Vendedor seleccionado por el CLIENTE y como consecuencia se encuentre excluido de la póliza de seguro contratad por el CLIENTE.
9. De Mercancías compradas por en Sitios C2C (ejemplo EBay) o no entregadas directamente en manos del personal del PROVEEDOR en sus Almacenes previamente informados al CLIENTE.
10. Por envíos de productos de cosmetología, perfumes, químicos, o mercancías peligrosas, que requieran de permisos por la legislación de salud.
11. Frente a las autoridades de la Dirección General de Aduanas y autoridades relacionadas, tanto nacionales como internacionales, de las gestiones hechas en su nombre por concepto de importación, desaduanización, pago de impuestos y demás obligaciones generadas por la importación de mercancías hacia República Dominicana, por ser el PROVEEDOR un simple gestor de la importación y no el beneficiario de la misma.
12. Por errores imputable al remitente, ya sea por proveer una dirección equivocada, datos erróneos u omisión de los mismos, la Mercancía no llegaren a su destinatario, debiendo EL CLIENTE asumir el costo por el reenvío de dicha correspondencia y/o paquetes.
Artículo X. Mercancías Prohibidas
10.1. Queda entendido entre las partes que en ocasión a los Servicios queda totalmente prohibido el envío o recibo de las Mercancías Prohibidas que de manera no limitativa se detallan a continuación: Money Orders, Travel Checks, Dinero en Efectivo, Artículos Perecederos, Bebidas alcohólicas, vidrios, Animales Vivos y/o Pieles de Animales, Productos en Spray, CO2, Semillas, Plantas, Madera; Explosivos, Combustibles y Corrosivos; Armas de Fuego, Balas y/o Municiones, Medicinas, Drogas, y Estupefacientes; Cualquier artículo cuyo primer ingrediente sea alcohol, Soluciones de Limpieza, Fuegos Artificiales y Pólvora, Gas, Gas Lacrimógeno y Gas pimienta, Encendedores y/o Fósforos, Baterías que contengan productos químicos, Veneno, Envases a Presión, Herramientas a base de Gas, Pasaportes, Material Pornográfico, Joyas, Bolsas de Aire (Air Bag), o vidrio.
10.2. El PROVEEDOR no responderá en caso de pérdida o deterioro de las Mercancías Prohibidas, asumiendo EL CLIENTE los perjuicios que esto le cause y los que eventualmente pudieren ser causados,así como también cualquier responsabilidad de orden civil, comercial, penal o tributario, que pudieren sobrevenir en la República Dominicana y en el extranjero.
10.3. Es responsabilidad del CLIENTE que tanto el cómo su remitente, cumplan en todo momento con las regulaciones actuales y leyes aplicables. Asimismo, el CLIENTE otorga pleno descargo de responsabilidad al PROVEEDOR por todas las consecuencias legales, penales, civiles y de otro orden que pudieran derivarse del manejo y transporte de Mercancías Prohibidas, obligándose a responder ante las autoridades competentes como propietario de la Mercancía Prohibida.
10.4. EL CLIENTE declara y reconoce que el PROVEEDOR podrá negarse a transportar hasta o desde territorio extranjero cualquier tipo de producto que a su juicio no sea aceptado por las autoridades competentes.
10.5. El PROVEEDOR se reserva el derecho de revisar las Mercancías que reciba en sus oficinas locales o en el extranjero que sean entregadas por o dirigidas al CLIENTE, especialmente aquellas consideradas como Mercancías Prohibidas.
10.6. El CLIENTE otorga de manera expresa a favor del PROVEEDOR formal descargo de responsabilidad frente a las autoridades de la Dirección General de Aduanas y autoridades relacionadas, tanto nacionales como internacionales, de las gestiones hechas en su nombre por concepto de importación, despacho aduanal, pago de impuestos y demás obligaciones generadas por la importación de mercancías hacia la República Dominicana, por ser el PROVEEDOR un simple gestor de la importación y no el beneficiario de la misma.
Artículo XI. Reclamaciones:
11.1. El CLIENTE se compromete a revisar en las instalaciones del PROVEEDOR todos los paquetes entregados por este último, por lo que una vez recibido y aceptado conforme renuncia expresamente a cualquier reclamación o queja con respecto al estado del paquete debidamente verificado y recibido.
11.2.Cualquier reclamación por pérdida, avería, demora, entrega errónea o falta de entrega, el CLIENTE deberá dar aviso al momento de la recepción de la Mercancía, mediante el procedimiento y los formularios establecidos para la misma. Con la firma del conduce, factura o recibo de pago, se entenderá que la Mercancía está recibida conforme por el CLIENTE, por lo que en este caso no podrá reclamar sobre el estado de dicha Mercancía.
11.3. En los casos de entrega a domicilio de la Mercancía, el CLIENTE cuenta con un plazo máximo de veinticuatro (24) horas para notificar al PROVEEDOR su reclamación, para tales fines la reclamación deberá ser remitida por escrito mediante carta o correo electrónico a los representantes del PROVEEDOR.
11.4. Luego de transcurridas las veinticuatro (24) horas de la recepción de la Mercancía se entenderá que el CLIENTE ha aceptado sin reservas y bajo conformidad, por lo tanto, renuncia expresamente cualquier reclamación o queja que tenga sobre los mismos.
11.5. El CLIENTE declara y reconoce que previo a la entrega de la Mercancía en los almacenes del PROVEEDOR en USA Estados Unidos de América intervienen otros transportistas seleccionados por los Vendedores contratados por el CLIENTE. Por lo tanto, el PROVEEDOR no se hace responsable de las reclamaciones de clientes por concepto de paquetes no entregados o entregados defectuosamente al PROVEEDOR por parte de USPS (Correo postal americano) u otros proveedores de servicios postales que hayan intervenido en el transporte de la Mercancía.
Artículo XII. Responsabilidades del CLIENTE:
12.1. El CLIENTE acepta toda la responsabilidad civil por el contenido de la correspondencia, mercancías y/o productos que el PROVEEDOR reciba por cuenta de él, además, el CLIENTE le garantiza al PROVEEDOR que el contenido puede ser legalmente transportado por compañías aéreas y que su transporte en general no está legalmente prohibido en los Estados Unidos de América y la República Dominicana. En tal caso el CLIENTE se compromete a mantener indemne al PROVEEDOR por todo daño ocasionado como consecuencia de la violación de esta prohibición.
12.2. El CLIENTE otorga de manera expresa a favor del PROVEEDOR formal descargo de responsabilidad frente a las autoridades de la Dirección General de Aduanas y autoridades relacionadas, tanto nacionales como internacionales, de las gestiones hechas en su nombre por concepto de importación, desaduanización, pago de impuestos y demás obligaciones generadas por la importación de mercancías hacia la República Dominicana, por ser el PROVEEDOR exclusivamente un gestor de la importación y no el beneficiario de la misma; a menos que se pueda determinar que en el proceso o gestión llevado a cabo por el PROVEEDOR en nombre del CLIENTE, se compruebe un error imputable a El PROVEEDOR.
Artículo XIII. Vigencia y Causas de Terminación.
13.1. Indistintamente del período de vigencia establecido en el Artículo 12.1., el Acuerdo podrá terminar en cualquier momento por las siguientes causas sin perjuicio de las estipulaciones convenidas en este Contrato que expresamente sobrevivan a la terminación, a saber:
1. Por voluntad unilateral de las Partes, sin alegar causa ni comprometer su responsabilidad, previa notificación por escrito, vía física o por correo electrónico, con un mes calendario de anticipación a la fecha de efectividad de dicha terminación. En este caso, el CLIENTE deberá saldar las cuentas pendientes a la fecha de la terminación a más tardar treinta (30) días calendarios contados a partir de la fecha efectiva de la terminación.
2. Por incumplimiento del CLIENTE de sus Obligaciones Esenciales, sin perjuicio de los derechos del PROVEEDOR de demandar indemnizaciones por los daños y perjuicios que se pudiesen ocasionar. En caso de falta de pago en el tiempo establecido el PROVEEDOR podrá liquidar y disponer de todas las Mercancías que se encuentren en sus almacenes para recuperar los valores adeudados por EL CLIENTE.
3. Por la notificación recibida por el PROVEEDOR de que en el curso de las transacciones y pago de los Servicios el CLIENTE haya utilizado tarjetas de créditos robadas. Sin perjuicio de los derechos del PROVEEDOR de demandar indemnizaciones por los daños y perjuicios que se pudiesen ocasionar.
i. El CLIENTE será el único responsable de las acciones civiles, penales o de cualquier otra índole incoadas por un tercero afectado del uso de las tarjetas de créditos robada, por lo que el CLIENTE se compromete a pagar al PROVEEDOR todos los gastos que éste tenga que incurrir por dicho concepto, tales como gastos legales, pagos de daños y perjuicios y/o de cualquier otra índole.
4. Por mutuo acuerdo de las partes.
13.3. El PROVEEDOR se reserva el derecho de admisión de sus clientes, y tiene autonomía para cancelar cuentas en abandono, inactivas o que presenten antecedentes de fraude, mal uso o uso anormal del mismo o en general cualquier incumplimiento de las obligaciones adquiridas con el PROVEEDOR y que contravengan tanto el Contrato como las leyes competentes.
Artículo XIV. Disposiciones Generales.
14.1. Elección del Domicilio. Es convenido entre las partes que para todo lo relacionado con la ejecución del presente contrato, las partes han hecho formal elección de domicilio en las direcciones establecidas como domicilio en la introducción del presente contrato.
14.2. Notificaciones, Comunicaciones y Facturación. Todas las comunicaciones, notificaciones, facturaciones, solicitudes o demandas, requeridas por este Contrato o en virtud del mismo, serán por escrito y enviadas a las direcciones físicas o electrónicas establecidas por las partes en el formulario de registro sometido por el CLIENTE.
14.3.Autorización de Evaluación de Historia Crediticio. El CLIENTE y su representante autorizan expresamente al PROVEEDOR a consultar su historial crediticio contenido en cualquier Sociedad de Información Crediticia(SIC),comúnmente conocidos como “Burós de Créditos”, así como la referencia crediticia necesaria a los fines de evaluación del crédito, de conformidad con lo establecido en la Ley 172-13, Sobre Protección Integral de los Datos Personales, descargando al PROVEEDOR de cualquier responsabilidad relativa a la consulta realizada en los referidos burós, en el entendido de que dichos datos serán manejados con la debida confidencialidad y no serán divulgados por el PROVEEDOR.
14.4. Derecho Común y Jurisdicción Competente. Para todo aquello no expresamente previsto en el presente contrato, las partes se remiten al derecho común. En ocasión de algún litigio o disputa, las partes atribuyen competencia territorial exclusiva a la jurisdicción del Distrito Nacional, especialmente a su Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y sus instancias de alzada, renunciando las Partes a cualquier reclamo de incompetencia territorial.
14.5El presente contrato se hace de común acuerdo entre las partes acogiéndose a lo establecido en el Artículo 1134 del Código civil.